¿Puede modificarse el contrato tras adjudicarse?
Este tema de si puedes o no cambiar un contrato después de que te lo hayan adjudicado en una licitación pública… vaya, es una duda que sale cada dos por tres. Y sí, se puede, pero no es barra libre, ni mucho menos. Hay reglas (y no pocas), aunque dependen bastante del país. Bueno, casi todos tiran de los mismos principios básicos, pero cada cual con su toque.
Pongamos España, porque ahí la Ley de Contratos del Sector Público lo deja bien clarito en el artículo 191: se pueden modificar los contratos públicos después de adjudicarlos. Ahora, ojo, que hay condiciones bastante estrictas para no caer en chanchullos ni en rollos turbios que se carguen la transparencia o la competencia. Nada de cambios porque sí; tienes que justificarlo bien, ya sea por razones técnicas o económicas.
Primero: no puedes cambiar el objeto del contrato. O sea, no vale eso de “te contrato para hacer una carretera y ahora me haces un hospital.” No cuela. El cambio no puede ser tan bestia que ya no reconozcas el contrato original. Segundo: cualquier modificación necesita una justificación de peso, y no puede acabar dándole al adjudicatario una ventaja que no estaba prevista en la licitación desde el principio. Nada de favoritismos a toro pasado.
Y no nos olvidemos de la pasta, que aquí tampoco hay manga ancha. Los cambios no pueden superar el 20% del precio inicial del contrato. Si te pasas de ese límite, toca volver a empezar con una nueva licitación, y a correr.
A las empresas que se meten en este mundillo de las licitaciones públicas les conviene tener esto bien claro. A veces, la vida te sorprende y hace falta cambiar algo del contrato; otras veces, más vale estar al loro para que no metan modificaciones que te fastidien o que sean un coladero para trampas.
Resumiendo: sí, el contrato se puede modificar después de adjudicado, pero todo dentro de unos márgenes legales muy concretos. Es parte del sistema, para que el juego sea limpio y no se desmadre el patio. Las empresas que compiten aquí tienen que saber a qué atenerse.
¿Consejo? Si eres empresa y no quieres acabar con un lío monumental, búscate un buen asesor legal especializado en estos temas. Así sabrás lo que hay, lo que puedes hacer, y lo que ni de broma deberías intentar. Que aquí, el que no corre, vuela… pero las trampas suelen acabar mal.